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El objetivo de esta medida es actuar sobre la movilidad urbana para conseguir cambios importantes en el reparto modal, con una mayor participación de los medios más eficientes de transporte, en detrimento de la utilización del uso del vehículo privado con baja ocupación, y fomentar el uso de modos no consumidores de energía fósil, como la marcha a pie y la bicicleta.
Las actuaciones propuestas para esta medida son:
Podrán acogerse a las subvenciones previstas la Autoridad de Transporte Público correspondiente y las Entidades Locales.
Podrán acogerse a las subvenciones previstas la Autoridad de Transporte Público correspondiente y las Entidades Locales.
Podrán acogerse a las subvenciones previstas la Autoridad de Transporte Público correspondiente y las Entidades Locales.
Podrán acogerse a las subvenciones previstas la Autoridad de Transporte Público correspondiente y las Entidades Locales.
Asimismo, podrán ser beneficiarios las empresas de servicios energéticos, siempre y cuando la actuación se realice en Canarias, en los términos y condiciones establecidos en la presente convocatoria y sus bases, así como las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objetos de subvención, siempre que realicen las actuaciones descritas.
La actuación consiste en la realización de estudios integrales de movilidad sostenible, dirigidos a promover actuaciones en la movilidad urbana que hagan posible un cambio modal hacia la utilización de los medios de transporte menos consumidores de energía.
Las Entidades participantes deberán manifestar su compromiso de llevar a cabo las medidas que propongan dichos estudios siempre y cuando sean técnica y económicamente viables, mediante aprobación en sus correspondientes Órganos de Gobierno.
La actuación consiste en:
Las Entidades participantes deberán manifestar su compromiso de llevar a cabo las medidas que propongan dichos estudios siempre y cuando sean técnica y económicamente viables, mediante aprobación en sus correspondientes Órganos de Gobierno.
Se trata de estudios a realizar para evaluar el resultado obtenido por la implantación de una medida o conjunto de medidas de movilidad urbana sostenible. No se considerarán más de 4 estudios por ejercicio para un determinado municipio o aglomeración urbana.
Consiste en el diseño e implantación de la puesta en servicio de sistemas de bicicletas de uso público en municipios y núcleos interurbanos preferiblemente de tamaño medio (50.000-300.000 habitantes). Las bicicletas estarán a disposición de los usuarios en diversas bases, en función de las configuraciones de los municipios y núcleos interurbanos. El servicio deberá estar activo por un período mínimo de tres años a partir de la puesta en marcha del mismo. El número mínimo de bicicletas por núcleo será de 50 y 50 anclajes. Cada base tendrá incorporado un sistema informatizado de control de usuarios que además sirva para gestionar el sistema.
Para acogerse a esta medida el solicitante deberá disponer de un estudio o plan director donde se haya analizado el fomento del uso de la bicicleta en general y los sistemas de préstamo público de bicicletas en particular.
Los sistemas estarán orientados a la movilidad diaria y muy especialmente a la movilidad obligada (desplazamientos por motivo de trabajo y estudio). El objetivo principal será la captación de viajeros motorizados (principalmente coche y moto) y el facilitar la mayor rotación diaria de cada bicicleta. Se deberán contemplar diseños y propuestas que complementen la oferta de transporte público y que faciliten los desplazamientos hacia y desde las estaciones, paradas e intercambiadores de transporte público.
Al menos deben contemplarse como número de anclajes el mismo número que de bicicletas.
En todos los casos se realizará un seguimiento anual sobre el uso del sistema y una estimación de los usuarios procedentes del transporte motorizado.
Los presupuestos máximos subvencionables para la contratación de la redacción del Plan, en función del número de habitantes de las zonas de actuación, son los siguientes:
El apoyo máximo por solicitud presentada será del 60% del coste de la redacción del Plan.
Los temas de estudio que tengan por objeto actuaciones de naturaleza similar tendrán que integrarse dentro de un mismo estudio y no podrán considerarse como estudios distintos. Por ejemplo, estudios de viabilidad para varias líneas de autobuses lanzadera se considerarán en su conjunto como un estudio integral de lanzaderas.
El coste máximo subvencionable del estudio será de 30.000 euros. El apoyo máximo para esta medida tendrá un límite del 60% del coste del estudio.
El cálculo de la subvención se realizará en función del número de bicicletas convencionales (N), eléctricas (BE) y del número de anclajes o compartimentos del sistema automático destinados al enganche, recepción y préstamo de las bicis del sistema (A).
La cuantía de la subvención para cada caso concreto, teniendo en cuenta las limitaciones anteriores vendrá calculada por la siguiente expresión:
SUBV= 70.000 ((N+BE)/100)0,6 + 45.000 ((A- 0,7 (N+BE))/10)0,8 + 500 BE
Esta subvención será imputada a contrataciones externas de servicios y suministros y se considerará como subvención máxima resultante a la menor de las siguientes cantidades, 400.000 euros (incluyendo todos los conceptos) o el 70% del coste total del servicio (incluyendo inversión, gestión, mantenimiento y seguimiento).
Se aportará, según la actuación solicitada, la memoria técnica correspondiente. Dicha memoria contiene la información mínima que se ha de aportar a la hora de solicitar la subvención.
En los casos de estudios y redacción de planes, se considerará coste elegible a efectos de ayuda pública, las inversiones derivadas de la contratación del estudio y la elaboración del documento técnico final.
En el caso de promoción de transporte urbano en bicicleta, el coste elegible será siempre imputado a contrataciones externas de servicios y suministros.
El baremo a utilizar en la selección de solicitudes será el siguiente:
P = A+B+C
Siendo:
A= Población de la zona sujeta al Plan.
Faltarían las ciudades de 10.000 a 30.000 habitantes.
- Más de 30.000 habitantes y menos de 50.000: A=20 puntos.
- Más de 50.000 habitantes y menos de 100.000: A=30 puntos.
- Más de 100.000 habitantes y menos de 300.000: A=40 puntos.
- Más de 300.000 habitantes: A=50 puntos.
B= Valoración técnica de la memoria descriptiva aportada con la solicitud: hasta 25 puntos.
C= Grado de implicación medido a partir de la realización de otras actuaciones en materia de movilidad, se valorará con 5 puntos por cada actuación realizada o en fase de ejecución, con un máximo de 25 puntos.
El baremo a utilizar en la selección de solicitudes será el siguiente:
P = A+B+C
Siendo:
A= Población de la zona sujeta al Plan.
- Más de 10.000 habitantes y menos de 30.000 A=10 puntos.
- Más de 30.000 habitantes y menos de 50.000: A=20 puntos.
- Más de 50.000 habitantes y menos de 100.000: A=30 puntos.
- Más de 100.000 habitantes y menos de 300.000: A=40 puntos.
- Más de 300.000 habitantes: A=50 puntos.
B= Valoración técnica de la memoria descriptiva aportada con la solicitud: hasta 25 puntos.
C= Grado de implicación medido a partir de la realización de otras actuaciones en materia de movilidad, se valorará con 5 puntos por cada actuación realizada o en fase de ejecución, con un máximo de 25 puntos.
El baremo a utilizar en la selección de solicitudes será el siguiente:
P = A+B+C
Siendo:
A= Población de la zona sujeta al Plan.
- Más de 10.000 habitantes y menos de 30.000: A=10 puntos.
- Más de 30.000 habitantes y menos de 50.000: A=20 puntos.
- Más de 50.000 habitantes y menos de 100.000: A=30 puntos.
- Más de 100.000 habitantes y menos de 300.000: A=40 puntos.
- Más de 300.000 habitantes: A=50 puntos.
B= Valoración técnica de la memoria descriptiva aportada con la solicitud: hasta 25 puntos.
C= Grado de implicación medido a partir de la realización de otras actuaciones en materia de movilidad, se valorará con 5 puntos por cada actuación realizada o en fase de ejecución, con un máximo de 25 puntos.
El baremo a utilizar en la selección de solicitudes será el siguiente:
P = A+B+C
Siendo:
A= Población de la zona.
- Más de 10.000 habitantes y menos de 30.000: A=10 puntos.
- Más de 30.000 habitantes y menos de 50.000: A=20 puntos.
- Más de 50.000 habitantes y menos de 100.000: A=30 puntos.
- Más de 100.000 habitantes y menos de 300.000: A=40 puntos.
- Más de 300.000 habitantes: A=50 puntos.
B= Existencia de un PMUS.
Existe PMUS: B=25 puntos.
No existe PMUS B= 0 puntos.
C= Se valorará la existencia de infraestructuras en la zona que faciliten el uso de las bicicletas, con un máximo de 25 puntos.
Se entregará una copia del documento final en formato papel y dos copias en formato electrónico.
La documentación relativa a la solicitud de la subvención podrá ser entregada ante el Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (en adelante ITC), en los Cabildos, Delegaciones de Gobierno, o cualquier registro oficial del Gobierno Autónomo de Canarias (deberán solicitar que aparezca la hora en el Registro de Entrada). También podrá ser enviada por correo certificado, debiendo solicitar en la oficina de correos que sellen el impreso de solicitud y sus copias, especificando la hora de entrega.
El plazo para la presentación de solicitudes de subvención finaliza el 30 de Marzo de 2011
Tfnos.: 928 379856 / 922 568900
Correo electrónico: Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla
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