
Fomentar las medidas de ahorro y eficiencia energética en el sector pesquero mediante la introducción de tecnologías eficientes.
Podrán acogerse a las subvenciones previstas, cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, incluidas las empresas de servicios energéticos, según lo establecido en la base 2 de la Orden de 13 de diciembre de 2010, por la que se aprueban las bases que han de regir la presente convocatoria que realice las actividades descritas relacionadas con el sector pesquero.
Implantación de mejoras en los barcos de pesca que supongan un elevado ahorro energético y mejoren su eficiencia.
Subvención del 20% del coste elegible de la inversión, para la implantación de mejoras en los barcos de pesca.
Se aportará, según la actuación solicitada, la memoria técnica correspondiente. Dicha memoria contiene la información mínima que se ha de aportar a la hora de solicitar la subvención.
En los casos de auditorías se considerará coste elegible a efectos de ayuda pública, las inversiones derivadas de la contratación del estudio y la elaboración del documento técnico final.
En el caso de implantación de medidas se considerará coste elegible a efectos de ayuda pública, las inversiones en equipos, instalaciones y sistemas necesarios para la puesta en servicio de la actuación subvencionable, proyectos de ingeniería asociada, montaje y puesta en marcha.
C = Consumo anual en tep.
A =Ahorro anual/inversión (tep/euro).
El ahorro energético producido se habrá de justificar documentalmente mediante la comparación del consumo energético anterior a la mejora con el de la situación mejorada que se pretende alcanzar.
En caso de empate de la puntuación, las solicitudes se atenderán por orden cronológico de expedientes completos.
En el caso de auditorías el documento final deberá contemplar la información necesaria y los datos empleados en el análisis de la viabilidad técnica y económica que supondría la implantación de la medida o conjunto de medidas. En cualquier caso, el documento deberá contener un apartado específico de previsión de la reducción que en términos energéticos y ambientales se produciría con la implantación de esas medidas. Para ello se aportará el valor de los ratios de inversión económica frente al ahorro de energía (combustibles fósiles) y frente a la reducción de emisión de CO2 a la atmósfera.
Se entregará una copia del documento final en formato papel y dos copias en formato electrónico.
La documentación relativa a la solicitud de la subvención podrá ser entregada ante el Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (en adelante ITC), en los Cabildos, Delegaciones de Gobierno, o cualquier registro oficial del Gobierno Autónomo de Canarias (deberán solicitar que aparezca la hora en el Registro de Entrada). También podrá ser enviada por correo certificado, debiendo solicitar en la oficina de correos que sellen el impreso de solicitud y sus copias, especificando la hora de entrega.
El plazo para la presentación de solicitudes de subvención finaliza el 30 de Marzo de 2011
Tfnos.: 928 379856 / 922 568900
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