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Renovae.org - Gestión de Subvenciones del Plan Renove

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El número de electrodomésticos en los hogares canarios se ha incrementado notablemente en los últimos años, teniendo como consecuencia un aumento del consumo energético en el sector doméstico. El consumo de energía de estos aparatos puede reducirse significativamente fomentando el uso en los hogares de equipos de alta eficiencia energética y, en particular, los etiquetados energéticamente con la clase A o superior. Estos equipos más eficientes energéticamente tienen un precio superior al precio medio del mercado, que varía según el tipo de electrodoméstico; por el contrario, su consumo energético a lo largo de toda su vida útil es inferior y por tanto, menor la factura energética que tendrá que pagar el consumidor. Así, en los casos analizados, el ahorro energético obtenido permite recuperar en parte al comprador el sobreprecio pagado durante la vida del equipo.

Beneficiarios

Podrán ser Beneficiarios de las subvenciones del Plan Renove 2009, las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, que reúnan los siguientes requisitos:

  • Ser residentes o estar radicadas en la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • Adquirir un electrodoméstico de los tipos especificados como subvencionables en el Plan Renove 2009 (Orden de 11 de diciembre de 2009), para sustituir otro del mismo tipo pero de categoría energética inferior.

Electrodomésticos subvencionables 

El Plan Renove de Electrodomésticos 2009 de Canarias considera los siguientes tipos de electrodomésticos subvencionables:

 

El porcentaje máximo de subvención no podrá superar el 25% del precio del equipo
   
Tipo de Electrodoméstico Clasificación Energética Eficacia de Lavado Cuantía subvencionable por equipo
Frigorífico, combinado frigorífico-congelador A - 85 €
A+ - 105 €
A++ - 125 €
Congelador A - 85 €
A+ - 105 €
A++ - 125 €
Lavadora A o superior A 85 €
Lavadora de consumo energético inferior o igual a 170 Wh/kg A o superior A 105 €
Lavadora termoeficiente A o superior A 105 €
Lavavajillas A o superior A 85 €
Lavavajillas termoeficiente A o superior A 105 €
Horno A o superior - 70 €
Encimeras de inducción mixta   - 85 €
Encimera de inducción total   - 105 €
Encimeras de gas   - 50 €

 

El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) pone a disposición del público una Base de Datos con electrodomésticos eficientes, clasificados por marca, clase energética, etc.:

http://www.idae.es/index.php/mod.pags/mem.detalle/id.10/relmenu.87


 

Condiciones para recibir la subvención

Los solicitantes que deseen recibir esta subvención deberán:

  • Adquirir un electrodoméstico de los especificados como subvencionables por el Plan Renove 2009 dentro del plazo de vigencia del mismo, en un Comercio Adherido que disponga de cupo autorizado.
  • Entregar un electrodoméstico del mismo tipo y categoría energética inferior, que deberá ser retirado por el comercio atendiendo al artículo 4 del RD 208/2005.
  • Cumplimentar en el establecimiento adherido una solicitud por cada modelo de electrodoméstico, entregando además la documentación complementaria requerida.   Todos los documentos deben estar en vigor en el momento de la adquisición. Dicho establecimiento realizará el descuento correspondiente a la subvención directamente al usuario en el momento de la compra, indicando dicho descuento en la factura de venta.

Plazo de adquisición

El plazo de adquisición de los aparatos con derecho a ayuda estará abierto desde la publicación del listado de comercios adheridos hasta el 31 de julio de 2010, o hasta el agotamiento de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.

Compromisos de los beneficiarios

El beneficiario de la subvención estará obligado a:

  • Poner a disposición del comercio para su retirada el electrodoméstico usado a sustituir, del mismo tipo que el adquirido y clasificación energética inferior a la A. 
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que lleve a cabo la entidad colaboradora, y a las actuaciones de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Comunidad Autónoma, en relación a las ayudas recibidas. 
  • Conservar la documentación justificativa de la aplicación de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. 
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en la base 19 de la Orden.

 

 
 
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