Área comercios
Obligaciones de los comercios | Obligaciones de los comercios |
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a) La venta de aparatos electrodomésticos y vehículos previstos en estas bases. b) La información de las ventajas de los aparatos de alta eficiencia energética y de vehículos alimentados con energías alternativas. c) Practicar en el precio un descuento equivalente a la cuantía de la subvención. d) Retirar el aparato usado, en el caso de electrodomésticos, para su correcta gestión, de conformidad con lo establecido por el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos. e) Presentar las solicitudes de subvención en el plazo máximo establecido. f) No dar curso a solicitudes de subvención por encima del importe máximo autorizado. g) Las demás especificadas en el anexo III de la Orden, así como cuantas otras se deriven de la misma. |





